"Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se
le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con
quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo
contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas
físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes"